El error “técnico” en la Ley de paridad que elimina dos causas de nulidad objetiva o automática de los despidos. ¿Y ahora qué?
De acuerdo con el Ministerio de Igualdad este error se subsanará lo antes posible, pero: ¿qué ocurre con los despidos que se puedan producir desde la entrada en vigor de la Ley hasta su efectiva subsanación?