El Gobierno aprueba una importante reforma laboral, mediante el Real decreto-ley 10/2010 de 16 de junio, que no convence a patronal ni sindicatos

18-06-2010

El texto será sometido a votación del Congreso para su aprobación, por lo que aún puede verse modificado y mejorado.

Los puntos clave de la nueva regulación que, con carácter general, entra en vigor el día 18 de junio son los siguientes: los contratos por obra y servicio serán limitados a 3 años de duración ampliables hasta 4 años por convenio colectivo sectorial, incrementándose la indemnización por extinción de los mismos a 12 días por año de servicio, que se aplicará gradualmente a partir de 2012; los trabajadores que en el plazo de 30 meses hayan estado contratados temporalmente, incluso para diferentes puestos de trabajo, durante 2 años, pasarán a ser fijos; se podrá despedir con una indemnización de 20 días si la empresas acredita pérdidas razonables (en estos casos el preaviso al trabajador se reduce a 15 días); las empresas no asumirán el coste de 8 días de indemnización en los despidos por causas objetivas de trabajadores que hayan permanecido en la empresa como mínimo un año (este coste lo subvencionará de manera transitoria el Fondo de Garantía Salarial, compuesto por aportaciones empresariales); se impulsa la utilización por los empresarios del contrato de fomento de la contratación indefinida (que conlleva una indemnización de 33 días en lugar de 45 días) ampliando los colectivos de trabajadores desempleados; se otorga una mayor flexibilidad a las empresas, tengan o no representantes, para llevar a cabo traslados, modificaciones de las condiciones de trabajo e inaplicar las tablas salariales; y finalmente, se crean nuevas bonificaciones de seguridad social (sujetas al compromiso de mantenimiento del empleo fijo) para las contrataciones indefinidas y transformación en indefinidos realizadas hasta diciembre 2011, de jóvenes hasta 30 años con escasa cualificación y mayores de 45 años desempleados al menos un año.

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