Por una parte, se ha puesto de manifiesto que el actual Derecho Concursal es, especialmente para personas físicas y familias sobre-endeudadas, para las que rige la misma Ley Concursal, demasiado complicado. Con ello, y por otra parte, los procedimientos son demasiado caros, por todo lo cual se puede hacer poco uso del procedimiento Concursal. Los costes y la excesiva duración del procedimiento son asimismo un problema para las empresas insolventes. El Gobierno pretende por ello simplificar el procedimiento, así como concretar los confusos conceptos jurídicos que contiene la Ley. Los costes del proceso – aquí se incluyen abogados, procuradores, Administración Concursal y tasas judiciales – deben además ser reducidos por ley y los plazos vigentes en la ley, acortados.
Como puede extraerse de la prensa española, los nuevos Juzgados de lo Mercantil, recientemente establecidos en todas las provincias con motivo de la reforma del Derecho Concursal, han sido sobrecargados este año con solicitudes de concurso. En efecto, se establecen de manera sucesiva nuevos Juzgados de lo Mercantil, al mismo tiempo que se refuerza la infraestructura preexistente. Con la continua crisis económica, no puede esperarse ninguna mejora de la situación a corto plazo. Por ello, las empresas y los Juzgados deberían esperar con ilusión una pronta modificación de la Ley y una simplificación de los pasos del proceso, y con ello el favorecimiento de las posibilidades de saneamiento de empresas concursadas. Sólo queda esperar a conocer cuál será el paquete concreto de medidas que se lanzará.
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