La razón reside en que dicha norma, aprobada con la forma de Real-Decreto Ley y por tanto con rango de ley (y no con rango reglamentario como viene siendo habitual en esta materia) ha de ser ratificado por el Congreso de los Diputados hasta el próximo 24 de enero para su consiguiente tramitación como ley. El citado Real Decreto-Ley ha introducido determinadas limitaciones (i) en relación con las horas de funcionamiento con derecho a prima de las plantas fotovoltaicas, en función de la zona solar climática donde se ubiquen las instalaciones, y (ii) respecto del periodo con derecho a prima para las instalaciones fotovoltaicas, que se establece en 28 años.
Adicionalmente, los inversores tanto españoles como extranjeros están estudiando las posibles vías para emprender acciones legales frente a la nueva regulación.
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