La nueva regulación introduce un peaje de 0,5€/MWh que deberán abonar todos los productores de energía eléctrica, incluida la fotovoltaica, a partir del 1 de enero de 2011 (hasta el momento los productores estaban exentos de la financiación de las redes).
Por otra parte, se establece una limitación general de las horas de funcionamiento con derecho a prima de las plantas fotovoltaicas en función de la zona solar climática donde se ubiquen las instalaciones:
Tecnología |
Horas equivalentes de referencia/año
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Zona I |
Zona II |
Zona III |
Zona IV |
Zona V |
Instalación fija |
1.232 |
1.362 |
1.492 |
1.632 |
1.753 |
Instalación con seguimiento a 1 eje |
1.602 |
1.770 |
1.940 |
2.122 |
2.279 |
Instalación con seguimiento a 2 ejes |
1.664 |
1.838 |
2.015 |
2.204 |
2.367 |
Adicionalmente, se prevé una limitación especial para las instalaciones fotovoltaicas acogidas al régimen económico del Real Decreto 661/2007 durante tres años (periodo 2011-2013). A cambio, las plantas afectadas disfrutarán de tres años más de periodo con derecho a prima, el cual se ampliará de los 25 años actuales a 28 años:
Tecnología |
Horas equivalentes de referencia/año |
Instalación fija |
1.250 |
Instalación con seguimiento a 1 eje |
1.644 |
Instalación con seguimiento a 2 ejes |
1.707 |
Las referidas zonas solares climáticas son las siguientes: mira pdf adjunto
El Real Decreto Ley deberá ser ratificado por el Congreso de los Diputados en el plazo de 30 días desde su promulgación.
Para más información por favor póngase en contacto con Antonio Jiménez: [email protected]