Mejores y nuevos instrumentos en manos de la administración tributaria para evitar el fraude fiscal

15-11-2007

Los últimos meses han sido testigos de la aprobación del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento general de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria así como de la firma de un Convenio entre la AEAT y el Consejo General del Notariado.

Una de las novedades previstas en el nuevo reglamento, cuya entrada en vigor se ha aplazado hasta el día 1.1.2008, es la de crear un censo único de los contribuyentes para todas las administraciones tributarias. Las distintas administraciones tributarias existentes en España disponen de autonomía para crear y gestionar sus propios censos tributarios. La novedad introducida por el reglamento es la establecer un contenido mínimo para los censos que existan. El objetivo no es otro que poder cruzar e intercambiar datos entre las diversas administraciones y poder, de este modo, facilitarle a la administración tributaria el control de los actos con relevancia fiscal realizados por el contribuyente.

Con el mismo objetivo se firmó el Convenio indicado. El Consejo General del Notariado creará un nuevo Índice Único Informatizado con datos de trascendencia tributaria procedentes de todos los documentos notariales intervenidos y autorizados. La AEAT tendrá acceso telemático a este índice, por lo que podrá consultar toda la información con relevancia tributaria de forma actualizada. Adicionalmente, los notarios comunicarán a la administación tributaria toda la información inmobiliaria que figure en los documentos notariales así como datos sobre el otorgamiento de poderes, nombramientos y cese de administradores de sociedades, entre otras medidas

Para más información: [email protected]