El ayuntamiento había concedido la licencia para construir; la construcción ya se había iniciado -inversión económica relevante-, y la Administración Estatal recurrió contra el acuerdo municipal, solicitando la suspensión de la licencia municipal -y de su efectividad-.
Se desestimó el recurso, por tratarse de suelo urbano -edificable-. Al desestimarse el recurso de dicha Administración Estatal, se recurrió en casación -ante el Tribunal Supremo-, y se solicitó el mantenimiento de la medida cautelar, lo que, finalmente, provocó los daños y la responsabilidad de la administración.
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