EL Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Palma de Mallorca declaró el pasado 13 de septiembre de 2021 la mala fe de Air Europa por la cláusula 15 del contrato de transporte que prohíbe a los pasajeros ceder sus derechos de indemnización.
La sentencia reconoce la legitimación activa de las entidades mercantiles para reclamar en nombre de los pasajeros a pesar de la mencionada cláusula.
Ricardo Cedrón, abogado de nuestra área de Contencioso comenta el asunto en este artículo que publica Diario Jurídico: Los clientes de las aerolíneas podrán reclamar a través de empresas que les representen (diariojuridico.com)