La entrada en vigor de la reforma posibilitaría al Gobierno Central suspender aquellos actos y acuerdos adoptados por los Ayuntamientos contrarios a la Ley de Costas. Las Concesiones con una vigencia de 30 años en la actualidad, por las que se autoriza el uso de dominio público, podrán ser prolongadas mediante instancia hasta 75 años. Asimismo, los propietarios podrán enajenar su propiedad libremente y hacer una serie de reformas irrealizables a fecha de hoy. Estos derechos devendrán, además, hereditarios.
Destaca la cuestión de retroactividad de la reforma, qué efectos tendrá sobre los litigios pendientes de resolver. En relación a este punto cobra relevancia el fin detrás de la reforma: la creación de mayor seguridad jurídica para propietarios y concesionarios, aunando ésta con una mayor protección de las zonas de protección ya existentes.
Para más información, por favor contacte con Daniel Cano: [email protected]