El Tribunal Superior de Justicia de País Vasco ha avalado la ordenanza del Ayuntamiento de Bilbao que limita y regula la implantación de apartamentos turísticos, y desestima el recurso de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).
La sentencia niega la posibilidad de que sea el propio mercado inmobiliario el que regule la implantación y convivencia del uso residencial de destino turístico con el de vivienda habitual dado que se pondría en peligro del derecho constitucional a la vivienda de los ciudadanos.
A tal respecto indica expresamente: "no cabe desconocer que el planificador se halla legitimado e incluso obligado a promover la ordenación urbanística necesaria que concilie la satisfacción del derecho a la vivienda con el destino de determinadas viviendas al alojamiento turístico, sin que resulte razonable la alternativa de dejar en manos del mercado la decisión al libre albedrío de los propietarios de las viviendas, puesto que ello puede poner en peligro el derecho a la vivienda de los ciudadanos, ya sea por la insuficiencia del parque residencial resultante, por el encarecimiento de los arrendamientos con una finalidad residencial”.
Más información: Andoni Archanco