Uno de los requisitos para obtener dicho pago por parte de Hacienda es que se haya solicitado y obtenido un informe motivado sobre la calificación de la actividad como I+D+i, o un acuerdo previo de valoración. Es importante resaltar que la mera presentación del informe motivado no es válida para la obtención del abono, sino que es necesario que se cuente con una resolución favorable del Ministerio de Economía. Además de lo anterior, es necesario destacar el requisito de reinversión, que impone que se destine un importe equivalente a la deducción aplicada o abonada a gastos de I+D+i o a inversiones en elementos del inmovilizado material o activo intangible exclusivamente afectos a estas actividades.
Recordamos que para este 2018 y según el Ministerio de Economía los plazos para cerrar los expedientes de solicitud de Informes Motivados para las deducciones fiscales por I+D+i, finalizarán en el mes de noviembre.
Más información: Víctor Manzanares