El Congreso de los Diputados aprueba el texto definitivo de la Ley reguladora de las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario. (SOCIMI)

13-11-2009

El pasado día 15 de octubre de 2009, el Pleno del Congreso de los Diputados dio luz verde definitiva a la Ley reguladora de las SOCIMI.




El texto aprobado introduce una serie de novedades significativas con relación al texto del Proyecto de Ley remitido por el Gobierno al Congreso en fecha 19 de diciembre de 2008 de las que destacamos las siguientes:

1.- Se amplía el objeto social de las SOCIMI, permitiendo la realización de rehabilitación de edificaciones.

2.- Se reduce del 85% al 80% el porcentaje obligatorio de inversión en inmuebles y activos equivalentes.

3.- Se amplía del 15% al 20%, el porcentaje de las rentas provenientes de la realización de actividades accesorias por las SOCIMI.

4.- Se eleva del 60% al 70% el porcentaje de financiación ajena, incrementando el grado de endeudamiento permitido a las SOCIMI.

5.- Se mejora el régimen fiscal de las rentas que obtengan las SOCIMI provenientes del arrendamiento de inmuebles destinados a viviendas para los casos en que éstas supongan como mínimo el 50% de sus activos, dejando exento del Impuesto sobre Sociedades el 20% de dichas rentas.

6.- En términos de imposición indirecta se plantea una rebaja del tipo de gravamen aplicable por el Impuesto sobre el Valor Añadido del 16% al 7% para el supuesto de alquileres de bienes inmuebles con opción de compra y del 7% al 4% en el caso de alquiler de viviendas de protección.

7.- Para el supuesto de que la SOCIMI desarrolle la actividad de rehabilitación de edificaciones, se aplicará el tipo de gravamen reducido del 7% del Impuesto sobre el Valor Añadido, en lugar del 16% que soportan.

8.- Se introduce un nuevo supuesto de exención en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas y Actos Jurídicos documentados, en la modalidad de operaciones societarias, en virtud del cual las operaciones de constitución y aumento de capital de las SOCIMI, quedarán exentas del mencionado Impuesto.

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