Y, por otra parte, se autoriza a los trabajadores autónomos del sector a disfrutar de idéntica ventaja respecto de sus cuotas de la Seguridad, con la salvedad de que será entre los meses de junio 2010 a mayo 2011 cuando se deban ingresar, con carácter mensual, las cuotas diferidas.
Para la obtención de dicha ayuda, deberá presentarse solicitud en la sede de la correspondiente Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Para más información póngase en contacto con Ana Gómez Hernández: [email protected]