El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictamina que el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones español vulnera la normativa de la Unión Europea

10-09-2014

El TJUE acaba de dictaminar, en fecha 3 de septiembre de 2014, que el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) en España vulnera la legislación comunitaria al permitir que se establezcan diferencias en el trato fiscal de las donaciones y las sucesiones entre los causahabientes y los donatarios residentes y no residentes en España, entre los causantes residentes y no residentes en España y entre las donaciones y las disposiciones similares de bienes inmuebles situados en territorio español y fuera de éste.
 

Para los contribuyentes que hayan pagado el impuesto el ISD español de una forma “discriminada” en los últimos años, por no haber podido aplicar la normativa autonómica más favorable, es esencial que actúen con rapidez para iniciar un procedimiento de devolución de ingresos indebidos ante las autoridades fiscales españolas. Para aquellos casos en los que se determine que la reclamación por esta vía no es adecuada al haber prescrito su derecho, existe la opción de solicitar la responsabilidad del Estado español dentro del año siguiente a la publicación de la sentencia.
 
Para terminar queremos comentar que tomando en cuenta la actuación del Estado español en situaciones similares anteriores, el obligado cambio normativo podría tardar en llegar, incluso hasta el año 2016. Por lo tanto, para los futuros contribuyentes del ISD español sería necesario recabar asesoramiento tributario profesional y así analizar cómo actuar hasta la correspondiente modificación de la Ley del Impuesto sobre Sucesiones español.
 
Para más información, por favor contacte con José Blasi