El Tribunal Supremo falla a favor de Mediapro y pone fin a la “guerra del fútbol”

09-02-2015

El Tribunal Supremo ha declarado nulo el Acuerdo de 24 de julio de 2006 que suscribieron Mediapro y Prisa sobre la explotación de los derechos audiovisuales de los partidos de fútbol de las competiciones de la Liga y la Copa del Rey.

El tribunal entiende que el Acuerdo entre las empresas contenía una cláusula contraria al artículo 1 de la Ley de Competencia Desleal (LDC) y el artículo 1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). Por estar dicha cláusula vinculada con el propósito del acuerdo, el alto tribunal entiende que la nulidad alcanza a la totalidad del contrato.

La finalidad del contrato era continuar el modelo de explotación de los derechos audiovisuales de los distintos clubes de fútbol que participaban en la Liga y en la Copa del Rey. Según la resolución, el propósito del acuerdo era acabar con la competencia entre AVS y Mediapro en la obtención de los derechos audiovisuales de los clubes, evitar su encarecimiento y repartirse su explotación. En este sentido, el tribunal considera que “(…) cabe apreciar que el acuerdo en su conjunto tenía por objeto restringir la competencia, y todas sus cláusulas estaban relacionadas en función de la finalidad perseguida.”

Por otro lado, el órgano jurisdiccional concluye que, a pesar de que la nulidad alcanza a la totalidad del contrato por  afectar al “elemento estructural del negocio”, existió también una relación jurídica eficaz entre las partes, ya que en la temporada 2006-2007 hubo un intercambio de derechos recíproco. Durante dicha temporada Mediapro cedió los derechos de los que era titular por el precio de adquisición y a su vez AVS le cedió el derecho a comercializar ciertos partidos estipulados en el contrato. Por este motivo, el tribunal entiende que Mediapro deberá abonar a AVS la suma de 32.331.350,71 € por la sublicencia de derechos de retransmisión correspondientes a la temporada 2006-2007.

Puede leer la resolución en: www.ecestaticos.com

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