El TS impide que una asociación de cerveceros elabore estadísticas sectoriales acerca de precios y volúmenes de compra

20-07-2009

La resolución judicial confirma una decisión del antiguo Tribunal de Defensa de la competencia, que consideraba que la recopilación e intercambio de esta información puede ser considerada una práctica colusiva.

En su sentencia de 24 de marzo de 2009, el Tribunal Supremo resuelve el recurso de casación interpuesto por una asociación sectorial de cerveceros, a raíz de que el antiguo Tribunal de Defensa de la Competencia prohibiera la elaboración de informes estadísticos sobre los precios de los operadores del sector, todo ello a partir de la aportación de información por parte de los miembros de la organización sectorial.

El TS confirma pues el punto de vista mantenido por el TDC, que estimaba que esta «transparencia máxima del conjunto de información intercambiado» restringía la autonomía de las decisiones empresariales, y que podía contribuir a consolidar el oligopolio y reforzar las barreras de entrada al mercado nacional de cerveza. Entiende asimismo el alto tribunal que esta práctica permite a las empresas partícipes anticipar la conducta de los demás, al proporcionarles una fuerte motivación para alinear y coordinar sus comportamientos en el mercado.

Por todo ello, el TS entiende que esta actuación constituye una práctica colusoria, pues tiene el efecto de restringir la competencia en el sentido del artículo 1 de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia.

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